Matrícula

Es el acto por el cual una familia se vincula oficialmente al colegio, una vez cumplidos los requisitos establecidos por la Institución. Al firmar la matrícula el padre de familia y el estudiante se comprometen a respetar y cumplir el Manual de Convivencia. El colegio podrá renovar la matrícula del estudiante  para cada período académico mediante el contrato que se regirá por las reglas del Derecho Privado, Ley General de Educación Artículo 95 y 201.

El pago oportuno del costo del servicio educativo se da dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes. El colegio se reserva la facultad de liquidar y cobrar interés de mora, según la máxima tasa vigente legalmente autorizada, a partir del día siguiente del vencimiento de cada compromiso económico mensual adquirido por los suscritos padres y/o acudientes. Después de treinta (30) días de presentar mora pasará a cobro jurídico.

Los padres de familia o el acudiente firmarán los Contratos de Cooperación para prestar un Servicio Educativo, Contrato de suministro de  Alimentación y Refrigerio, Contrato de Suministro de Transporte (estos dos  últimos son opcionales) y un Pagaré en Blanco en el cual se compromete al pago de las mensualidades del año escolar (11 meses) y a cumplir con todas las Directrices Institucionales.

REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA

Deben estar presentes los padres o acudientes del estudiante

  • Seguro de accidentes (vigente)
  • Certificado médico
  • Cuatro fotos (3cmx4cm)
  • Registro civil.
  • Certificados de revisión de agudeza visual, de revisión auditiva y grupo sanguíneo.
  • Fotocopia del carné de vacunas.
  • Paz y salvo e informes de los años cursados en la institución anterior

Nota: Los estudiantes que van a renovar matrícula sólo deben traer los tres primeros requisitos.

SERVICIOS ESPECIALES

El Colegio servirá como mediador en el recaudo de dinero a los padres de familia para:

  • La adquisición del Seguro de Accidentes, ya que es requisito indispensable para la matrícula, pero su adquisición en el colegio será estrictamente de carácter voluntario.
  • El suministro de la alimentación, ya sea este el almuerzo que en el comprobante de pago se denomina restaurante o el refrigerioEstos servicios son de carácter estrictamente voluntario,  pero el padre de familia que no tome alimentación con el colegio, debe comprometerse a proporcionar la alimentación diaria a su hijo.
  • El pago del transporte, el cual es de carácter voluntario, si lo desea usted puede traer y llevarse a su hijo o hija diariamente, siempre y cuando cumpla con los horarios.
  • El pago de las evaluaciones internacionales en inglés y francés, sin embargo el padre de familia también puede hacer el pago directo a las organizaciones encargadas.

El Colegio no servirá como mediador en el recaudo del dinero para la adquisición de los uniformes o de los libros, solamente brindará la información de los lugares donde se pueden adquirir.

Queda claro en este manual, que el colegio no vende uniformes, ni seguro de accidentes, ni edita, ni vende libros. Solamente sirve como recaudador y facilitador a los padres de familia en algunos de estos procesos. La adquisición de estos servicios a través del colegio es de carácter voluntario.

default alternative textdefault alternative textdefault alternative textdefault alternative text